"La paridad electoral es la presencia equilibrada de mujeres y hombres en el ámbito de la representación política."
[Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General]
De manera que en el conjunto de la lista, y en todo caso en cada tramo de 5 puestos,los candidatos de uno u otro sexo no podrán estar representados en menos del 40%. Se exceptúan los municipios de menos de 3.000 habitantes e islas de menos de 5.000 habitantes.
Aún cumpliendo con la ley, en las Elecciones Generales del 20 de Diciembre de 2015 las mujeres encabezan sólo una de cada tres listas, como puede comprobarse en el BOE que se enlaza a continuación.
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Juntas Electorales Provinciales - 20 Diciembre 2015
[BOE-A-2015-12471 : BOE Nº276 - Miércoles 18 de noviembre de 2015 - Sec. III. Pág. 108706]
Estas listas están confeccionadas de tal manera que es menos probable que las mujeres ocupen escaños en el Congreso.
Ciudadanos y PP son los partidos que menos mujeres llevan en sus candidaturas.
PSOE adopta una política de listas cremallera en la que se suceden cada dos puestos hombre y mujer, indistintamente, presentando 26 candidatas como cabezas de lista, el 50%. Mientras que Ciudadanos es el partido que menos mujeres tiene: sólo una de cada cinco números uno de la formación es mujer.
Unidad Popular-IU, con 14 mujeres en primera línea (el 27%); el PP, con 18 (el 35%); y Podemos, con 19 (el 37%) están a medio camino entre ambas.
Han pasado dos elecciones generales con la ley de paridad en vigor, pero la representación femenina se mantiene en cifras de 2004. Las elecciones del 20-D son las más abiertos desde la Transición, pero seguirá habiendo menos mujeres en el Congreso.